Apenas el pasado martes el Pleno del Senado de la República aprobó en lo general y en lo particular la iniciativa por la que se reforman diversos artículos de la Constitución en materia de paridad de género en los órganos del Estado.

La iniciativa contempla establecer la obligatoriedad de observar el principio de paridad de género en la integración de los Poderes de la Unión, de los estados y la Ciudad de México, es decir, en el Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como en los órganos autónomos.

La reforma también busca fomentar el principio de paridad en los partidos políticos, postulando candidaturas en forma igualitaria de acuerdo con las reglas que marque la ley electoral, garantizando la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en el ejercicio del poder público.

La modificación constitucional también incluye el principio de paridad de género en la elección de representantes ante los ayuntamientos en los municipios con población indígena.

Y por supuesto que se requiere que las mujeres tengan igualdad de oportunidades en todas las áreas en las que deseen participar, pero cumpliendo con los requisitos solicitados, porque si se da entrada simplemente para cumplir con la ley, estaríamos frente a una situación nada deseable, ya que, puede ocurrir, como cuando se designa a un hombre nada más por ser amigo o familiar de una persona influyente, es decir, no da resultado alguno, e inclusive en muchos de los casos perjudica.

Y aunque aseguren que no se va a aplicar a raja tabla, sino respetando que efectivamente tanto hombres como mujeres tengan los méritos suficientes y necesarios para ocupar un cargo o candidatura en particular, la realidad es que si no queda perfectamente clara la forma de hacerlo, el dejarlo a criterio no garantiza nada, pues dependerá de quien deba tomar una decisión al respeto, por ejemplo, si en la Cámara de Diputados deberán tener exactamente 250 mujeres y 250 hombres, pero en las elecciones los ganadores no dan las cifras obligatorias, su aplicación se complica, ahí existe la duda de cómo se actuará, mientras que en los casos de los gabinetes, no debe haber problema, la complicación va a ser encontrar a quien quiera y pueda participar y que al mismo tiempo, cumpla con la paridad de género.

Esta ley también contempla los sueldos que se les asignen a funcionarios hombres y mujeres, los cuales deberán cumplir con este concepto de; a igual trabajo, igual remuneración, también dudo mucho que alguien esté en contra de tal medida, al contrario es lo más justo y en ese tema si debe establecerse como obligatorio garantizarlo, de otra forma seguiremos en las mismas.

Por lo pronto no se sabe qué tanto nos beneficie este tipo de reformas, porque, como le digo, falta que más mujeres tengan interés en entrarle a la administración pública y a la política, pero que además, cuenten con los méritos suficientes para hacerlo y no que después tengamos a gente, sin especificar género, que este en la nómina publica por el simple hecho, de cumplir con una ley, porque esa no es la idea…

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