Caso Aristeo: Dejan sin efecto sentencia y revisarán de nuevo pruebas
Foto: Archivo

Chihuahua.- El Primer Tribunal Colegiado del Decimoséptimo Circuito emitió el miércoles un amparo a favor del sacerdote católico Aristeo Trinidad B., sentenciado a 34 años de cárcel por los delitos de violación y abuso sexual en marzo de 2021 (condena ratificada por el Tribunal Superior de Justicia en mayo de 2022), por lo que queda sin efectos la sentencia y deberá convocarse para una nueva valoración de las pruebas.

Maclovio Murillo Chávez, abogado defensor, informó que, para conceder este amparo, se realizó un análisis de los principios de presunción de inocencia y duda razonable, destacando que, cuando hay prueba incompleta o insuficiente, no procede condenar sino absolver porque la duda debe usarse en beneficio del acusado.

Por tanto, agregó el abogado, no puede restarse valor probatorio a las evidencias de descargo, simplemente con el argumento de que existan pruebas de cargo suficientes, ya que la suficiencia de las mismas solo se puede establecer en confrontación con las pruebas de descargo.

Abundó en que, al revisarse la actuación de la autoridad responsable, el Tribunal Colegiado concluyó en que la sala de apelación valoró incorrectamente las pruebas, haciendo alusión a cuestiones relacionadas con la personalidad del imputado, basadas en estereotipos.

Murillo Chávez acusó que el Poder Judicial desestimó los testigos de descargo utilizando el parámetro de cercanía con el sacerdote y estigmas relacionados con la fe, por lo que se vulneró el principio de valoración de prueba.

Por tanto, la Sala Colegiada de Apelaciones deberá dejar insubsistente la sentencia reclamada en el juicio de amparo y dictar nueva en la cual atienda los parámetros trazados, que le obligan a realizar una correcta valoración de las pruebas desahogadas en el juicio.

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