Este fatídico 2020 se ha puesto sobre la mesa un nuevo paradigma político y social, el de la llamada Consulta Ciudadana, misma que corresponde a un novedoso mecanismo de democracia participativa directa, avalado por nuestra Constitución en su Artículo 35 Fracción VII, y que establece la oportunidad de que sea el ciudadano de a pie el protagonista principal de tomar decisiones de transcendencia nacional, ya dicho concepto nos parece escueto, pero remitámonos a los que nos interesa.

La llamada consulta popular para expresidentes ha sido propuesta por el actual mandatario Andrés Manuel López Obrador, para que dichos personajes sean llamados ante los tribunales competentes y ser juzgados por los delitos que pudieron haber cometido en perjuicio de la nación, consistiendo la misma en que tenga que ser solicitada como mínimo por el 2 por ciento de la lista nominal de electores, algo así como un millón 700 mil ciudadanos los que deban decidir sobre si se juzga o no a los expresidentes, y deberán responder a una pregunta:

¿Está de acuerdo o no con que las autoridades competentes investiguen y en su caso sancionen la comisión de delitos de los expresidentes Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo, Vicente Fox, Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto, antes, durante y después de sus gestiones?

Para esto es preciso señalar que es la Suprema Corte, la que se hará cargo de validar la constitucionalidad de dicha consulta y si es apegada a Derecho, por lo pronto podremos mencionar dos cuestiones fundamentales que en apariencia van en flagrante contradicción con nuestra Constitución, la primera de ellas que nos los describe el mismo Artículo 35 ya citado líneas arriba, y que tiene como fin la prohibición absoluta de llevar a cabo consultas que tengan como objeto la trasgresión de Derechos Humanos, en este caso la Presunción de Inocencia de las personas involucradas y la aplicabilidad de leyes privativas, como lo es el caso que nos ocupa, que si bien dicha consulta no tiene formalmente el carácter de ley como tal, si tiene fuerza vinculante ante los poderes Ejecutivo y Legislativo, mismos que deberán basarse en el supuesto de que dicha consulta resulte vinculante, en criterios meramente subjetivos para realizar cualquier acto de investigación en contra de determinada persona.

Entre esta y otras razones la Suprema Corte tendrá que adentrarse al estudio sobre la constitucionalidad de dicha Consulta Popular; se enlista un sinnúmero de cuestiones y vaguedades como el papel de la ahora autónoma Fiscalía General de la República (FGR) para integrar una carpeta de investigación; la literalidad que caracteriza al Derecho Penal en nuestro país que ante el mismo dicha pregunta resulta burda; el ejercicio del gasto público por parte del Ejecutivo federal, y ¿por qué no?, el papel final de la Suprema Corte como heroína o villana ante la ciudadanía.

No puede pasar desapercibido la obligatoriedad que tenemos todos y cada uno de los mexicanos de denunciar los hechos que consideremos como delictivos ante las autoridades competentes, entonces aquí nos surge la interrogante, si en efecto estas personas cometieron algún delito en perjuicio de la nación y de las y los mexicanos ¿por qué no el Ejecutivo federal, presidido por Andrés Manuel López Obrador, denuncia ante la autoridad competente, sin necesidad de consulta alguna los delitos que él menciona que pudieron haber cometido tan deleznables personajes? ¿Busca lavarse las manos como cierto personaje bíblico y dejarle la responsabilidad histórica al demos y a la Suprema Corte? ¿Por qué no lo hizo antes desde su faceta como candidato y como principal líder opositor de este país?

Resulta un harto confusa la actitud del gobierno en turno, que más allá de pecar de negligente al no denunciar los hechos mencionados como delictivos realizados por expresidentes, realice una consulta que ha sido sumamente criticada desde un aspecto de control legal y constitucional por parte de muchos personajes doctos en la materia.

No cabe duda que dichas formas de participación ciudadana son un hito en la vida democrática de nuestro país, pero no hay que dejarnos guiar por las apariencias: los principios democráticos y de Derecho que prevalecen en nuestra Constitución no puede estar a merced de políticos demagogos o faltos del más mínimo conocimiento de Derecho Constitucional, tan importante para ejercer un cargo público.

Uno podría ser un neófito en ciertas disciplinas como la Economía o la Biología, por ejemplo, pero no es permisible ser un ignorante de la Constitución de un país al cual gobiernas, por lo que no nos queda más que esperar el fallo de la Suprema Corte, que para bien o mal, sabemos de antemano que será sumamente polémico.

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