El Pleno de la Cámara de Senadores aprobó en lo general con 83 votos a favor, de Morena, PRI y partidos aliados; 13 en contra de PAN y Movimiento Ciudadano y 3 abstenciones, la Reforma al Poder Judicial, que adiciona diversos artículos de la Constitución.
Con el PAN dividido y Movimiento Ciudadano en contra, la mayoría calificada del Pleno del Senado de la República aprobó la reforma constitucional con y para el Poder Judicial de la Federación.
Conforme al registro del sistema electrónico de votación, el llamado Bloque Opositor votó dividido y con 83 votos a favor, 13 en contra y tres abstenciones, el dictamen alcanzó las dos terceras partes para que fuera aprobatorio.
La reforma pretende realizar a nivel constitucional una reforma integral al Poder Judicial en aspectos de tipo funcional relacionados con el quehacer jurisdiccional y de su carrera judicial, a fin de generar un nuevo paradigma en cuando a modernidad, cercanía a la gente, independencia y mayor preparación para continuar con la transformación de la justicia federal en el país.
Los principales ejes de la propuesta son consolidar un verdadero sistema de carrera judicial basado en criterios objetivos, condiciones de igualdad de oportunidades y el mérito; y fortalecer las facultades institucionales de combate a la corrupción.
Además, busca establecer mecanismos de prevención y combate al nepotismo, relaciones familiares y corporativismo judicial; e implementar políticas de adscripción con base en criterios objetivos sobre necesidades del servicio para recobrar la legitimidad del PJF frente a la ciudadanía.
El documento aprobado presentó diversas modificaciones planteadas por todos los Grupos Parlamentarios, derivadas de la discusión y de la presentación de propuestas alternas, así como las opiniones vertidas en el ejercicio de Parlamento Abierto en la materia.
Los puntos fundamentales de las modificaciones al proyecto de decreto radican en los artículos 100, 105 y 107 constitucionales.
En el artículo 100, se dispone que el Consejo de la Judicatura Federal contará con una Escuela Federal, de formación judicial, que implementará los procesos de formación, capacitación y actualización del personal, jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial de la Federación y sus órganos auxiliares.
Llevará a cabo los concursos de oposición para acceder a las distintas categorías de la carrera judicial, en términos de las disposiciones aplicables.
Con esto se busca dar mayor autonomía y consolidar una nueva institución en su función de una verdadera escuela judicial, para eliminar y abandonar la improvisación y el dedazo en la designación de jueces y magistrados, abonando a la selección de los mejores y más idóneos perfiles de los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación.
En el artículo 105 se dispone como atribución de la Corte el conocimiento de las controversias constitucionales. Se dispone que, en materia de controversias constitucionales, puedan ser promovidas por dos órganos constitucionales autónomos de una entidad federativa y entre uno de estos y el Poder Ejecutivo o el Poder Legislativo de esa entidad federativa, lo que amplía el espectro de sujetos legitimados.
En cuanto al cumplimiento sustituto de las sentencias de amparo, se dispone en el artículo 107 que podría ser solicitado por el quejoso o decretado de oficio por el órgano jurisdiccional que hubiera emitido la sentencia de amparo, subrayando en la línea general de la reforma a la Corte de tal obligación.
La lógica de esta reforma constitucional al Poder Judicial se sustenta en los siguientes ejes fundamentales:
-Consolidación de la carrera judicial para todas las categorías, a las que se accederá mediante concurso de oposición.
-Limitación a la discrecionalidad de nombramientos otorgados por jueces y magistrados.
-Establecimiento de políticas que orienten las determinaciones del Consejo de la Judicatura Federal en materia de Adscripción, Readscripción, Reincorporación y Ratificación de Juzgadores.
-Reforzamiento de las facultades institucionales de combate a la corrupción y al nepotismo.
-Impulso a la capacitación y profesionalización de personal a través de la creación de la Escuela Judicial, cuya responsabilidad resultará velar por la capacitación y la carrera judicial de los integrantes del Poder Judicial de la Federación.
-El fortalecimiento del Instituto Federal de Defensoría Pública, de manera que los defensores públicos se conviertan en verdaderos abogados de los pobres.
-El establecimiento de plenos regionales, en sustitución de los plenos de circuito, encargados de resolver las contradicciones de tesis en los circuitos sobre los que ejerzan jurisdicción; así como todos los conflictos competenciales que se suscitan en el país entre órganos jurisdiccionales.
-La transformación de los Tribunales Unitarios de Circuito, en Tribunales Colegiados de Apelación, con una integración colegiada que asegure mejor calidad y mayor certeza en sus resoluciones.
-Modificación al Sistema de Jurisprudencia para fortalecer los precedentes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a fin de que la doctrina constitucional que genera, enmarque la labor del resto de los órganos jurisdiccionales del país.