
Ciudad Juárez.– A partir de este segundo semestre de 2025, los trabajadores que laboren de pie tendrán derecho a un descanso durante su jornada laboral, lo que se conoce como la “Ley Silla”, una legislación que reconoce de manera explícita el derecho al reposo sentado, y que representa un avance en derechos laborales y en salud ocupacional.
En entrevista para NET, el secretario de Trabajo y Previsión Social del Estado de Chihuahua, Diódoro Siller Argüello explica cómo la implementación de la reforma aprobada en diciembre del 2024, cambia por completo las “reglas del juego” en materia laboral, así como algunos de los pendientes que tendrán que resolverse para que las empresas puedan cumplir con las nuevas disposiciones y evitar sanciones.
De acuerdo con Siller Argüello, desde finales del 2024 se han aprobado y discutido una serie de reformas a la Ley Federal del Trabajo (LFT), algunas de ellas plantean mejores prestaciones, salarios justos, horarios reducidos y hasta incremento del aguinaldo y más vacaciones. Sin embargo, señala que todos estos cambios, deben venir acompañados de distintos estímulos, tanto fiscales como estratégicos que permitan mejorar la seguridad social y la productividad.
“Lo hemos venido comentando, todos queremos mejores prestaciones, mejores horarios, más aguinaldo, más vacaciones, pero estas reformas, deben venir acompañadas de un sustento y de una escucha de todos los sectores, empleadores, trabajadores, abogados laboristas, academia, sindicatos, y de esta manera ofrecer estímulos”.
Dentro de los cambios que señala el secretario, destaca precisamente el publicado el pasado 19 de diciembre del 2024 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), coloquialmente conocido como “Ley Silla” y que reformó los artículos 132, 133, 423 y 424 de la Ley Federal del Trabajo.
“Ya se venían contemplando diversos artículos que hablaban de las sillas para los trabajadores, ahora se impone a los empleadores tener asientos con respaldo, debidamente ergonómicos para que los trabajadores puedan tener sus descansos en horarios establecidos, en los puestos que así lo permitan. Hay puestos que tienen que estar muchas veces de pie y se tienen que establecer las pautas pertinentes en los centros de trabajo”.
La nueva ley, es una regulación que representa un cambio relevante en la forma en que se entiende el derecho al descanso durante la jornada laboral, especialmente para trabajadores en los sectores de comercio, servicios y actividades similares.
Promulgada por la presidenta Claudia Sheinbaum y suscrita por líderes parlamentarios de todos los partidos representados en la Cámara de Diputados (PAN, PRI, PVEM, PT y MC), la reforma fue aprobada por unanimidad el 2 de octubre de 2024 y se convirtió en decreto constitucional tras su paso por el Senado.

¿Qué establece la Ley Silla?
La reforma modifica los artículos 132, 133, 422 y 423 de la LFT e introduce una nueva fracción (XVII Bis) en el artículo 133. Los principales cambios son los siguientes:
- Obligación patronal de proveer sillas con respaldo suficientes a todos los trabajadores en sectores de comercio, servicios y centros de trabajo análogos, tanto para la realización de sus funciones como para el descanso periódico.
- Las sillas deberán estar ubicadas en áreas designadas específicamente para el descanso dentro del lugar de trabajo.
- Se prohíbe expresamente a los empleadores obligar a las personas a permanecer de pie durante toda la jornada o a impedirles sentarse periódicamente.
- Las empresas deben incluir en su reglamento interior de trabajo disposiciones específicas que regulen el uso de las sillas y los periodos de reposo.
Además, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social Federal (STPS) deberá emitir normas específicas sobre los factores de riesgos laborales dentro de los 30 días posteriores a la entrada en vigor de la ley, y las empresas contarán con 180 días naturales (seis meses) para adecuar su normativa interna. Y aunque el decreto fue publicado en diciembre de 2024, la reforma entra en vigor a partir del 17 de junio de 2025.
Impacto en Juárez y el resto del estado
En un estado como Chihuahua, donde el sector terciario (comercio y servicios) representa un componente importante de la economía, el impacto de esta ley será especialmente notable. Según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en la entidad, se estima que más de 1.2 millones de personas trabajan en actividades económicas, y aproximadamente el 62 por ciento lo hace en el sector terciario.
Ciudad Juárez, al ser una de las principales ciudades industriales y comerciales del norte del país, concentra un importante número de trabajadores que laboran en tiendas de autoservicio, supermercados, centros comerciales, call centers, bancos y maquiladoras con áreas de servicios y atención al cliente.
En Juárez, trabajadores de supermercados y tiendas de conveniencia suelen laborar en jornadas de hasta 8 o 10 horas de pie, sin acceso a asientos durante gran parte del día, algunos empleados han compartido que solo pueden descansar unos minutos al final de su turno o durante su hora de comida.
“Como te digo, esta reforma, cambia algunos aspectos, pero esto ya se estaba plasmando en la Ley Federal del Trabajo, los empleadores que tienen más de cierto número de trabajadores, o de ciertas zonas, tenían que tener espacios para descansos pertinentes de los trabajadores, y las empresas que no lo tengan es la oportunidad de hacerlo ya”, comentó Siller.
Revista NET (RN). - ¿Quiénes serán los trabajadores realmente más beneficiados y qué implicará para las empresas cumplir con las nuevas normativas?
Diódoro Siller (DS). - “Creo que las líneas de producción donde los trabajadores tienen que estar muchas horas de pie tienen que ser los más beneficiados y tienen que tener estos descansos que marca la reforma, se debe aplicar en todos los centros empleadores. Ahora la ley también impuso un período de 180 días, que se vencen a mediados de junio, que es cuando los empleadores lo tienen que aplicar y hacer las adecuaciones necesarias, lo que claramente implicará gastos en el tema de los asientos y de abrir los espacios adecuados para que la gente pueda descansar”.
Antes de esta reforma, el artículo 132 de la LFT ya preveía la provisión de asientos, pero no vinculaba su uso al derecho al descanso, sino como una herramienta laboral. La nueva legislación reconoce de manera explícita el derecho al reposo sentado, lo que representa un avance en derechos laborales y en salud ocupacional.
Estudios médicos y ergonómicos han advertido que pasar muchas horas de pie puede generar problemas de circulación, dolor muscular, fatiga y riesgo de enfermedades crónicas. La Ley Silla se basa en estos fundamentos para prevenir afectaciones en la salud física de los trabajadores.
RN. - ¿Cómo hará la Secretaría del Trabajo y Previsión Social aquí en Chihuahua para revisar que esto se cumpla?
DS. - “La Secretaría, por medio de la subdirección de inspección está permanentemente visitando los centros de trabajo para que cumplan las condiciones de seguridad e higiene en el trabajo y que no se vean mermados los derechos laborales, estamos constantemente visitando los centros de trabajo y ahora vamos adicionar al check-list la verificación de estas nuevas reglas, vamos a incrementar todos los aspectos que marca la nueva reforma”.
RN. - ¿Cuáles son las sanciones que van aplicar a los que no cumplan?
DS. - “Las sanciones ya están definidas en la LFT, en Chihuahua hemos tratado de hacer una inspección no con un aspecto recaudatorio ni sancionador, sino de acompañamiento, en el que les decimos a los empleadores con qué deben cumplir, la documentación que tienen que tener; de esta manera obligarlos al cumplimiento normativo, pero los tratamos de convencer en dónde están mal, qué les hace falta y de esta manera verificar que se cumplan con todas estas reformas, de lo contrario venderán las multas”.
De acuerdo con la ley, las empresas que no proporcionen sillas con respaldo ni garanticen descansos periódicos a sus trabajadores podrán ser sancionadas con multas que oscilan entre 250 y 2 mil 500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Considerando que la UMA en 2025 es de $113.14 pesos diarios, las multas podrían variar entre 28 mil 285 y 282 mil 850 pesos mexicanos.
Además, en casos de reincidencia, las autoridades laborales podrán imponer sanciones adicionales, incluyendo la suspensión temporal de actividades del centro de trabajo infractor.
La “Ley Silla”, busca ser una reivindicación del derecho al descanso digno y un paso hacia una cultura laboral más humana y saludable.