Ciudad Juárez.– En el marco del mes dedicado a la infancia, las autoridades buscan fomentar el respeto a los derechos de niñas y niños, así como recordar las responsabilidades que deben asumir madres y padres. Entre estos derechos destaca el de recibir pensión alimenticia, especialmente en los casos de hijos e hijas de padres divorciados.
El Instituto Municipal de las Mujeres (IMM) es una de las dependencias que actualmente trabaja bajo el eje transversal de atención a niñas, niños y adolescentes. En ese sentido, a través de su área de asesoría jurídica ha brindado acompañamiento a cientos de mujeres que buscan el cumplimiento del deber de pago de pensión alimenticia.
Elvira Urrutia, directora del IMM, destacó que entre los asuntos y trámites representados por la unidad se encuentran los juicios de divorcio, patria potestad y pensión alimenticia para hijas e hijos, entendiendo esta última como un derecho humano de interés público y social que protege el desarrollo integral de todas las personas.
“Las diversas legislaciones reconocen no solo el derecho a recibir alimentos, sino la obligación de proporcionarlos a través de los medios adecuados para subsistir, anteponiendo en todo momento el interés superior de niñas, niños y adolescentes”, señaló la funcionaria.
Es necesario resaltar que la pensión alimenticia es una cantidad fija que debe pagar el padre o la madre que no tiene la custodia del menor, como parte de su responsabilidad para asegurar el bienestar de sus hijas e hijos. Además, debe entenderse que dicho monto no está destinado únicamente a la alimentación, sino también a cubrir gastos como vestimenta, vivienda, educación, servicios médicos, cuidados y entretenimiento, todo ello para garantizar un desarrollo integral y una vida digna.
Urrutia agregó que la pensión alimenticia es un derecho imprescriptible para niñas, niños y adolescentes, por lo que no puede transferirse a otra persona. Mucho menos puede el padre o madre que tiene la custodia del menor rechazarla o renunciar a ella, ya que hacerlo constituiría una violación a los derechos del menor.
Durante el último informe presentado por el IMM respecto a la atención brindada por este organismo, se detalló que durante la administración pasada —de septiembre de 2021 a junio de 2024— el área jurídica inició 881 juicios, de los cuales en 634 casos se solicitó pensión alimenticia. En estos casos se inicia un proceso legal para que un juez determine que la otra parte, en este caso los padres, cumpla con su obligación.
Infancias sin pensión
De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en 2021, en el 47.9 por ciento de los casos de divorcios a nivel nacional, la custodia de los hijos se otorgó a uno de los padres, y solo el 50.3 por ciento de niñas, niños y adolescentes recibe pensión alimenticia.
Patricia Martínez Téllez, especialista en el tema, señaló que el interés superior de la niñez busca siempre favorecer a niñas, niños y adolescentes para que vivan en un ambiente sano. Por ello, siempre que hay una separación en una pareja con hijos, se procura que los menores reciban pensión alimenticia.
Explicó que negarles el acceso a la pensión es una forma de ejercer violencia económica en el ámbito familiar, mediante el control de los ingresos y los gastos. Agregó que el pago o el condicionamiento de los recursos necesarios no debe considerarse un factor determinante para que el deudor alimentario pueda convivir con sus hijos o verlos.
¿Cómo solicitar pensión alimentaria?
El IMM cuenta con un departamento para brindar asesoría a madres de familia que buscan hacer valer el derecho de sus hijos. Esta área jurídica está instalada en unidades de Atención Especializada, ubicadas en las siguientes direcciones:
- Instituto Municipal de las Mujeres: Av. Francisco Villa 135, Centro.
- Centro Comunitario Riberas del Bravo: Calle Rivera de Lerma y Calle Rivera de los Manantiales 390, Rivera del Bravo.
- Centro Comunitario Km 27: Calle Profesora Esperanza Reyes Sánchez y De la Esperanza, Tesoro Escondido.
- Centro Comunitario Talamás Camandari: Avenida Talamás Camandari, 32575.
Para solicitar mayor información sobre las asesorías, las interesadas pueden comunicarse al 656 611 4078.
Otras instituciones que también brindan acompañamiento a mujeres para hacer valer este derecho son el Centro de Justicia para las Mujeres (Cejum) y la Fiscalía Especializada de la Mujer (FEM), las cuales, a través de sus sitios oficiales, ofrecen orientación para iniciar el trámite de demanda.
En estos casos, el proceso puede ser solicitado tanto por la madre como por el padre del o los menores, y se requieren los siguientes documentos:
- Acta de nacimiento de los hijos o hijas menores de edad. En caso de ser mayores con alguna discapacidad, presentar original y dos copias por ambos lados. Si es extranjero, debe presentarse el acta original, su traducción, la apostilla y la traducción de la apostilla.
- Acta de nacimiento de la persona solicitante (original y dos copias por ambos lados).
- Credencial para votar (original y copia por ambos lados).
- Domicilio del demandado.
- Nombre y domicilio de la fuente laboral del demandado.
- Cuenta bancaria de la persona solicitante (que contenga número de cuenta, CLABE y número de tarjeta).
- En caso de existir una denuncia previa contra el demandado, presentar carátula de la misma.
- Breve relato de los hechos.
Finalmente, la directora del IMM recordó a las usuarias interesadas en solicitar estos servicios que la asesoría es totalmente gratuita y no se cobra por el acompañamiento, por lo que invitó a acercarse y solicitarlo.

