La representación política de los pueblos originales entre la simulación y las acciones

Por: Ruth E. González
[email protected]

Comparte este artículo:
VOTO Y LA DEUDA HISTÓRICA

EN EL ESTADO

3 millones 741 mil 869

Población en Chihuahua

3.09%

Población con lengua indígena mayor de 3 años

10.70%

Población que no habla español

+400 mil

Indígenas se estiman en el estado

Dentro del contexto de discriminación histórica que han sufrido los pueblos originales, la participación política se suma a una larga lista de rezagos sociales y económicos. Las autoridades electorales como el Instituto Nacional Electoral (INE) y el Instituto Estatal Electoral (IEE) han impulsado acciones afirmativas para tratar de abatir esto, mientras, los partidos políticos siguen acaparando estos espacios arropados en la legalidad vigente.

En el proceso electoral de este año, en el país se contiende por 20 mil 708 cargos. De estos, 629 son parte de la contienda federal que incluye a la Presidencia y el Congreso de la Unión (500 diputaciones y 128 senadurías). En el caso de Chihuahua, hay nueve distritos federales (diputaciones) y tres senadurías, ninguno con representación indígena consignada. Mientras en la contienda local son 879 cargos, que incluyen a los 67 Ayuntamientos y 22 diputaciones, el distrito 22 es el único considerado solo para representación indígena.

En el estado de Chihuahua, poco más del tres por ciento de la población habla una lengua indígena, esto se traduce a 110 mil 498 personas mayores de 3 años, mientras el 10.7 por ciento no habla español (Censo 2020/Inegi). Se estiman unos 400 mil indígenas en el estado.

“La posibilidad de que las personas que han sido históricamente discriminadas puedan ser parte de la representación política y la toma de decisiones de órganos colegiados como Cabildos y como el propio Congreso del Estado va a propiciar también que se garanticen los derechos humanos de estos grupos”, dice Gerardo Macías Rodríguez, consejero del IEE. “En el pasado proceso electoral habíamos declarado algunas acciones afirmativas a favor de las comunidades indígenas, que habían sido al menos una fórmula en 20 municipios que tenían un grado de población indígena, y en 10 municipios dos fórmulas (municipios con más del 50 por ciento de población indígena). Ahora para este proceso crecen en este tipo de municipios”.

VOTO Y LA DEUDA HISTÓRICA

La posibilidad de que las personas que han sido históricamente discriminadas puedan ser parte de la representación política y la toma de decisiones de órganos colegiados como Cabildos y como el propio Congreso del Estado va a propiciar también que se garanticen los derechos humanos de estos grupos.

Gerardo Macías Rodríguez, consejero del IEE.

VOTO Y LA DEUDA HISTÓRICA

ACCIONES AFIRMATIVAS

para personas indígenas PEF 2023-2024

VOTO Y LA DEUDA HISTÓRICA
VOTO Y LA DEUDA HISTÓRICA
39
Espacios de representación indígena

ACCIONES AFIRMATIVAS

Para el Proceso Electoral Federal (PEF), el INE estableció el acuerdo CG625/2023 para las acciones afirmativas para pueblos indígenas, de estas se definieron los siguientes espacios: en la Cámara Baja (diputados) 25 candidaturas de mayoría relativa (MR), por voto, y nueve de representación proporcional (RP) o plurinominales, es decir, un total de 34. Mientras que para el Senado se asignaron cinco candidaturas, cuatro de MR y una de RP.

Estas acciones tuvieron su primera implementación en el proceso de 2018 bajo el acuerdo CG508/2017, cuando se determinaron 13 espacios de representación indígena, después aumentó a 36, en 2021, y este año son 39, donde por primera vez contemplan senadurías.

Sin embargo, en Chihuahua ninguno de los nueve distritos federales fue considerado indígena, debido a que la población debe ser mayor del 60 por ciento, hay que recordar que la distritación federal y local son distintas.

Macías Rodríguez explica que las acciones afirmativas que “son acciones en la política pública de carácter temporal” y en el caso de Chihuahua “tienen una sede administrativa por parte del IEE, esto debido a que ha sido declarada una omisión legislativa por parte del TEE en el juicio ciudadano 02/2020 y está pendiente por parte del Congreso del Estado darle continuidad a los trabajos de esta reforma que podría contribuir mucho en la representación y participación política de los pueblos indígenas en nuestro estado”.

De acuerdo con estos lineamientos, en los Ayuntamientos debe haber al menos una candidatura obligatoria indígena en 22 municipios, además se deberá asignar el 50 por ciento del total de candidaturas a mujeres, propietarias y suplentes. Entre estos municipios destacan: Juárez, Chihuahua, Delicias, Hidalgo del Parral y Cuauhtémoc. En el caso de otros 12 municipios, deben ser dos fórmulas indígenas obligadas, los municipios son: Balleza, Batopilas, Bocoyna, Carichí, Chínipas, Guachochi, Guadalupe y Calvo, Maguarichi, Morelos, Nonovoa, Urique y Uruachi. La paridad de género se aplicará de la misma manera.

En el acuerdo de acciones afirmativas, el distrito 22 local, que cuenta con un 63 por ciento de población indígena, deberá ser representado solo por candidaturas de población original propietaria y suplencia. Este distrito abarca el municipio de Balleza con 14 secciones, Batopilas con 11 secciones, Carichí con 16 secciones, Guachochi con 43 secciones, Guadalupe y Calvo con 31 secciones, Guazapares con 14 secciones, Morelos con 8 secciones, Nonoava con 5 secciones y Uirque con 16. En total el distrito 22 cuenta con 158 secciones electorales.

ACCIONES AFIRMATIVAS

Integrantes de los ayuntamientos personas indígenas

VOTO Y LA DEUDA HISTÓRICA

Cuando menos 1 fórmula en las planillas en 22 municipios:

Ahumada, Bachíniva, Buenaventura, Chihuahua, Cuauhtémoc, Cusihuiriachi, Delicias, Gómez Farías, Guazapares, Guerrero, Hidalgo del Parral, Juárez, Madera, Matamoros, Moris, Nuevo Casas Grandes, Ocampo, Rosario, San Francisco de Borja, San Francisco del Oro, Santa Bárbara y Temósachic.

Al menos el 50% de las candidaturas que se postulen en este puesto deberán ser mujeres propietaria y suplencia.

VOTO Y LA DEUDA HISTÓRICA

Cuando menos 2 fórmulas en las planillas en 12 municipios:

Balleza, Batopilas, Bocoyna, Carichí, Chínipas, Guachochi, Guadalupe y Calvo, Maguarichi, Morelos, Nonovoa, Urique y Uruachi.

Al menos una de las dos fórmulas que se postulen en este puesto deberán ser de mujeres, propietaria y suplencia.

Será necesario la manifestación de la persona en la solicitud de registro. Además deberá presentar una carta de autoadscripción y constancia de autoadscripción calificada indígena.

La representación indígena

De origen, la representación indígena ha sido polémica en el país. Durante el PEF 2020-2021, se cancelaron 19 candidaturas, nueve de ellas eran de MR y 10 de RP. A lo largo de ese proceso “se reportaron 27 casos, de los cuales 13 constituyeron impugnaciones a candidaturas que resultaron revocadas (entre propietarios y suplentes); 10 a candidaturas impugnadas que derivaron en confirmaciones y posteriormente obtuvieron una victoria electoral; tres a candidaturas que fueron impugnadas y confirmadas, pero no accedieron a una curul en la cámara; y una en las que los tribunales decidieron revocar las constancias de asignación de diputaciones (postelectoral)”.

En el estado, el distrito 22, fue impugnado ante el TEE en 2021. “Efectivamente hubouna impugnación, pero se determinó que lo que se estableció con los requisitospara que la candidatura fuera válida se cumplieron. Se fue hasta la Sala Guada-lajara, es decir, los que promovieron la controversia no estuvieron de acuerdo, yquedó firme, es decir, la sala regional dijo: ʻestuvo bien lo que hizo el Tribunal, secumplió con los requisitos que establecía el IEE y esto quedó firme’ ”, menciona elmagistrado del TEE Hugo Molina Martínez.

“Los aspirantes (indígenas) tienen que entregar al IEE una carta de autoadscripción, esto es: yo soy de la comunidad rarámuri (o pima, tepehuano, guarijío) y tengo que decir de mi puño y letra... yo pertenezco a esa comunidad, yo hablo esalengua, cuáles son los motivos por los cuales pertenezco a esa comunidad ycómo mantengo ese vínculo con las instituciones”. Mientras ese requisito es unacarta personal de motivos generales que autoacreditan al aspirante, el otro requisitoes la constancia de autoadscripción indígena, pero en el caso de esta, deberá ser expedida por una autoridad indígena o una asamblea indígena. Agrega el magistrado:“tendrás que demostrar que tienes este vínculo, porque para los pueblos originarios, el vínculo con su comunidad es lo más importante, que tengas ese arraigo... y esto tendrá que ser verificado por el Instituto. En caso de una controversia, no-sotros resolvemos”.

Chihuahua

879

cargos locales

22

diputaciones

11

diputaciones (plurinominales)

67

presidencias municipales

423

regidurías

289

regidurías (plurinominales)

67

sindicaturas

VOTO Y LA DEUDA HISTÓRICA

Los grupos indígenas no están representados de manerajusta en la política del Estado (mexicano).

Leo Padilla, comunicador

VOTO Y LA DEUDA HISTÓRICA
Macias Rodriguez Hugo Molina Martínez

Pueblos originarios en el estado:

Tarahumaras

(rarámuri o ralamulí)

Tepehuanos

del norte (ódames)

Pimas

(oichkama u o'oba)

Guarijó

(warihó)

En esa elección el distrito 22 fue finalmente representado por Noel Chávez Velázquez. “La polémica se dio por el tema indígena, precisamente, y la parte de autoadscripción{....} Fui alcalde dos veces por mi municipio, Guadalupe y Calvo, se demostró que el gobernador indígena de mi comunidad fue quien me postuló, se cumplió con toda esa parte”, asegura el diputado, ahora candidato al distrito federal 9 por el PRI. “Yo soy de una comunidad rarámuri, del producto del mestizaje también lo da”.

Al preguntarle al diputado si considera que la representación del distrito 22 debe ser para una persona rarámuri o tepehuana del norte, él consideró que “la convocatoria es para que quien lo desee, se registre y cumpla con los requisitos”. Considera que la representación proporcional también es una forma de abrir espacios a la comunidad indígena. “El INE debería considerar los usos y costumbres de los rarámuris para ver en qué parte de la representación proporcional se les puede dar seguridad y certeza de que estén en este tipo de representaciones”. Para uno de los habitantes y comunicador de ese distrito, Leo Padilla, director de Xetar La Voz de la Sierra Tarahumara, “los grupos indígenas no están representados de manera justa en la política del Estado (mexicano)”.

“No son candados lo que se necesita {...} al decir esta palabra candados, se entiende o sobreentiende que hay llaves para abrirlos y son cuestiones que los propios institutos políticos han tergiversado, un ejemplo claro es el Distrito 22”, comenta en referencia a las acciones afirmativas. Padilla es importante “que no se simule, lo digo muy sinceramente, que si el órgano electoral, las acciones afirmativas, si el propio poder judicial está exigiendo que los escaños, los espacios de acción pública se dejen en ciertas zonas geográficas a los pueblos indígenas que se haga así, porque de no hacerse, el Estado sigue teniendo una deuda histórica con los indígenas. Chihuahua no puede decir que es la casa del rarámuri ante el mundo entero cuando en realidad esta participación política sigue estando sistemáticamente negada {...} que no se simule, que se respeten las acciones afirmativas”.

Sobre los requisitos vigentes para ser considerado un representante indígena, resulta no ser necesario ser indígena, sino cumplir con las autoadscripciones. “Me parecen requisitos muy primarios porque deja mucho a suspicacias, una carta de reconocimiento de naturalización indígena puede ser arrancada de la propia comunidad”, opina Padilla.“No hay un escenario económico para las personas indígenas, en el sentido de que se puedan ir por la libre o que sean candidatos independientes, no tienen el mismo recurso”, tampoco, comenta el comunicador, tiene la misma experiencia que un político de un partido, “ellos mismos lo dicen: —es que nos creen tontos—. Simplemente no se les ha dado la oportunidad de participar y eso genera una nula experiencia y conocimiento”. “Ponderamos siempre lo que nos expresa la comunidad, para nosotros debe ser importantísimo que la colectividad que dice representar reconozca (al candidato) como tal”, agrega el magistrado del TEE.

ACCIONES AFIRMATIVAS

Diputaciones del Congreso del Estado
PERSONAS INDÍGENAS

En el Distrito 22 todas las fórmulas de las candidaturas postuladas deberán estar integradas por personas indígenas. Tanto la postulación distrital (con excepción del Distrito 22) como la representación proporcional, la fórmula será la siguiente:

Diputación por mayoría relativa (voto) Diputación por representación proporcional (plurinominales)
Escenario 1 Fórmula de persona LGBT + Fórmula de persona con discapacidad
Escenario 2 Fórmula de persona con discapacidad Fórmula de persona LGBT +
En la lista de representación proporcional, los partidos políticos deberán registrar cuando menos, una fórmula integrada por mujeres indígenas, propietaria y suplencia.
Fuente: Acuerdo INE/CG62572023 y Sentencia SUP-JDC-338/2023 y acumulados
VOTO Y LA DEUDA HISTÓRICA

Confiamos en que los partidos escogerán a los mejores cuadros que representen los intereses de la comunidad (indígena), es importante que no solo en el discurso hablemos de hermanos y hermanas.

Hugo Molina Martínez, magistrado del TEE

VOTO Y LA DEUDA HISTÓRICA

El panorama en la contienda

El magistrado del TEE comenta: “confiamos en que los partidos escogerán a los mejores cuadros que representen los intereses de la comunidad (indígena), es importante que no solo en el discurso hablemos de hermanos y hermanas, sino que ellos también tomen decisiones en los Cabildos y en el Congreso, que su voz sea escuchada”. Agrega que el 94 por ciento de las resoluciones del tribunal local han sido avaladas en la Sala Guadalajara, por lo tanto queda en las manos de los partidos políticos para que “hagan una buena selección y verdaderamente representan la voz de las cuatro etnias que tenemos del estado”.

MAPAS ELECTORALES

DISTRITACIÓN FEDERAL
DEL ESTADO DE CHIHUAHUA

VOTO Y LA DEUDA HISTÓRICA

DIVISIÓN MUNICIPAL Y DISTRITAL LOCAL
DEL ESTADO DE CHIHUAHUA PEL 2023-2024

VOTO Y LA DEUDA HISTÓRICA
Fuente: INE - Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores

En cuanto a la opinión pública, Padilla considera que “el IEE ha hecho un esfuerzoimportante por generar esta información (en lenguas originales), sin embargo, almomento de empezar con las preguntas al OPLE y a quienes se acercan a losmedios de comunicación {...} como que hay cierto freno al momento de informaro socializar realmente con términos”.

El consejero del IEE recuerda que la labor iniciada desde 2018 está sujeta a mejoras desde la consulta indígena que fue su base. “Nosotros estamos exigiendo y esta-mos revisando todos los requisitos de las candidaturas, lo vamos a estar haciendo (hasta la fecha límite 12 de marzo) salvo que sea sujeta a alguna ampliación del término para poder realizar el registro de las candidaturas”.

“Estamos muy conscientes de la importancia que tenemos en este proceso electoral, el Tribunal ha estado trabajando junto al Instituto, hay que diferenciar muy claro, el Instituto prepara todo lo administrativo, las boletas, los partidos, las representaciones y frente a esas actas está el Tribunal donde los ciudadanos, los mismos partidos políticos, nos pueden decir —oye no estoy a favor o no me gusta— y vienen con nosotros para que determinemos si el Instituto, los partidos, los candidatos están haciendo su trabajo adecuadamente”, concluye el magistrado.

Hasta el cierre de esta edición no se cerraba el proceso de registro de candidatos en la contienda electoral, ni se presentaban impugnaciones o quejas a las representaciones locales de pueblos originales. En el PEF, hasta el 15 de marzo, se habían presentado 15 quejas ante el INE en este rubro.