Esto es lo que debes hacer con tus trabajadores ante la contingencia
Foto: Net Noticias

Ciudad Juárez.- ¿Sabe qué hacer con sus trabajadores en caso de una contingencia por el coronavirus? Si ha contestado que no seguramente esto le interesa.

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, es causa de suspensión temporal de la relación laboral cuando sea declarada por la autoridad sanitaria competente, estando el patrón únicamente obligado a pagar a sus trabajadores una indemnización equivalente a un día del salario mínimo general vigente por cada día que dure esta suspensión, lo cual se limita a un mes.

En cuanto al seguro social, se prevé que el patrón pagará y cotizará durante siete días de suspensión consecutivos únicamente el seguro de enfermedades y maternidad y en caso de extenderse por más de siete días la contingencia sanitaria, el patrón deberá seguir cubriendo las cuotas obrero-patronal y respectivas mientras no se presente el aviso ante el IMSS de la baja del trabajador.

Aunque aún no se contempla qué pasará si la contingencia dura más de un mes en la propia ley, en una interpretación armónica se puede afirmar que el patrón deberá de pagar esta indemnización al trabajador si continuara trabajando por más de dicho mes, sin que exista con ello una causa de rescición laboral, sino solamente una suspensión temporal.

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