Ciudad de México.- Los repartidores de plataforma ahora podrán contar con una serie de prestaciones en México tras la reciente aprobación de la reforma a la Ley General de Trabajo en México.
Con 462 votos a favor, la Cámara de Diputados aprobó la iniciativa de ley propuesta por la presidenta Claudia Sheinbaum, que otorga prestaciones laborales a trabajadores de plataformas digitales como DiDi, Uber y Rappi.
Mientras que en su análisis y discusión en el Senado de la República, el pleno aprobó el dictamen por unanimidad.
La propuesta, define al trabajo en plataformas digitales, los mecanismos que se emplean para laborar en este esquema, así como la naturaleza de la relación entre el empleador y empleado, tanto en derechos como en obligaciones de ambos.
Además, la propuesta busca reformar la ley laboral de México para que cualquier persona que gane el salario mínimo mensual trabajando en estas aplicaciones sea considerada un trabajador formal y reciba todos los beneficios de la ley, independientemente del tiempo efectivamente trabajado.
Los beneficios incluyen acceso a seguridad social, utilidades de las empresas, aguinaldo, vacaciones y otras prestaciones. Además, se permitirá a los repartidores sindicalizarse.
También, se establecen los derechos y obligaciones de las personas trabajadoras, contratos, derechos colectivos y los casos de indemnización; el derecho al reparto de utilidades, las sanciones para los administradores de plataformas cuando se violen las normas que protegen a sus trabajadores.
Asimismo, se fija el salario por tarea, servicio, obra o trabajo realizado, así como días de descanso, vacaciones, prima vacacional y aguinaldo. Además, se incluye un registro de las horas trabajadas, emisión de recibos de pagos, inscripción en el Régimen Obligatorio de Seguridad Social y aportaciones al Infonavit, lo que se traduce en accesos a créditos y derecho a la vivienda.
De la misma forma, regula la flexibilidad de horario para trabajar con una o varias empresas; y se prevén las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo.
De acuerdo con la reforma, las empresas de plataformas digitales tendrán prohibido el cobro a las personas trabajadoras por la inscripción, uso, separación o conceptos similares, relacionados con la relación laboral; el trabajo de personas menores de edad; y la retención de dinero a las personas trabajadoras adicional a los conceptos establecidos en la Ley.
Además, prohíbe el encubrimiento o la simulación que busque desvirtuar el vínculo laboral mediante contratos de carácter civil, mercantil u otros; la prestación de servicios de puesta a disposición de personal propio o en beneficio de otra persona física o moral; así como manipular el ingreso de las personas trabajadoras para evitar su calificación como trabajadores subordinados de plataformas digitales.
La presidenta de la Comisión del Trabajo y Previsión Social del Senado de la República, Geovanna Bañuelos de la Torre, indicó que durante casi una década a las personas que trabajan de plataformas digitales se les ha privado de derechos laborales adecuados, por lo cual la reforma formalizará a casi 70 mil mexicanas y mexicanos trabajadores.
En tanto, la presidenta de la Comisión de Estudios Legislativos Primera del Senado, Simey Olvera Bautista, dijo que se trata de un nuevo esquema regulatorio que cuida a las y los trabajadores y los diferentes sectores inmersos en las plataformas digitales.