Padrón de deudores alimenticios, justicia para las infancias
Foto: Manuel Escogido

Ciudad Juárez.– Abril es conocido como el mes de las infancias y se toma como una oportunidad para promover acciones que garanticen el interés superior de los niños y niñas, procurando su bienestar y sano desarrollo, por lo que reconocer el beneficio de la existencia un padrón de deudores alimenticios es alcanzarles la justicia.

Desde el momento del nacimiento, los progenitores tienen la responsabilidad de cubrir las necesidades de alimentación de los bebés, teniendo la obligación de garantizar este derecho durante su infancia, adolescencia y hasta cumplir la mayoría de edad.

Ante un caso donde los padres del menor no se encuentren viviendo en pareja, el adulto tutelar tendrá que recibir recursos de la segunda parte para cubrir los gastos que le corresponden, esto conforme a la responsabilidad que el Estado determina para con los niños, niñas y adolescentes (NNA).

En el mes de marzo del año 2023, el Congreso de la Unión aprobó una reforma a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niñas y Adolescentes, como resultado de una ‘batalla’ contra el incumplimiento de la pensión alimenticia, teniendo el objetivo de crear el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.

En torno a la aprobación de dicha iniciativa, la investigadora Lorena Vázquez Correa publicó un análisis en el que refiere información acerca de la incidencia de casos donde los adultos deben coordinar la entrega y recepción de recursos que permitan el cumplimiento del derecho a la nutrición y un sano desarrollo.

En dicha publicación, refiere que en el año 2021, en el 47.9 por ciento de los divorcios registrados en el país se asignó al menos a uno de los divorciantes el pago de pensión alimenticia para los hijos.

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Así mismo, Vázquez Correa plantea que, ante la frecuencia por casos de incumplimiento en pago de obligaciones alimentarias, en diversos países del mundo se han adoptado medidas para garantizar los derechos de los menores de edad.

La reforma entró en vigencia a partir del 2 de marzo del 2024, siento el sistema nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) el ente que tuvo a su cargo la creación del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, el cual es público y podrá consultarse con los datos de la persona interesada.

En su reciente tiempo de aplicación, de acuerdo con el Registro Civil, este instrumento ya cuenta con beneficiarios en el estado de Chihuahua, donde se ha realizado la inscripción de 20 personas y una empresa; habiendo hecho la primera incorporación de un deudor en Ciudad Juárez el pasado 3 de abril.

La citada Ley establece en el artículo 135 quáter que, la inscripción al Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias (RNOA) deberá especificar datos como: nombre y apellidos, Clave Única de Registro de Población (CURP), clave y homoclave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del deudor alimentario; órgano jurisdiccional que ordenó la inscripción, cuantía del cumplimiento de la obligación alimentaria y plazo de pago de los alimentos definitivos.

El RNOA tiene la función de emitir certificados de no inscripción, a petición de la parte interesada, por lo que existe un sitio web, en el cual se genera automáticamente y de forma gratuita.

Registran al primer deudor alimenticio en Juárez

A unos días de que se concretó el primer registro de un perfil de persona deudora, Netnoticias consultó el proceso y resolución al abogado que llevó el proceso legal por el que se obtuvo una sentencia y la inscripción a beneficio de una menor de edad.

Yuren Ramiro Rodríguez Ríos, abogado litigante en esta frontera, reveló que los procesos legales de esta índole llegan a tener tiempos de resolución variados, con una duración de entre 4 a 9 meses.

“En el caso particular, se gana una demanda a través de un incidente de ejecución por el retroactivo de una pensión a un deudor alimentario. Hecho esto tenemos sentencia en primera instancia y después de haber agotado los mecanismos que la Ley nos da para poder hacer el cobro de estas pensiones vencidas, agotamos todo y el deudor se encargó de casi quedar insolvente”, refirió Rodríguez Ríos respecto al citado caso.

La circunstancia en la que un progenitor recurre a la “estrategia” de declararse insolvente consiste incluso en que venda sus propiedades para no contar con comprobantes de ingresos que permitan cubrir con la responsabilidad legal de otorgar el recurso recurrente para cubrir los gastos de alimentación de niños, niñas y adolescentes (NNA).

“La Ley estatal nos ofrece este padrón como un método de presión social para deudores como este. Hacemos el trámite, inscribimos ante el Registro Civil a este deudor y se logra tener el primer registro en Ciudad Juárez, en el estado ya hay algunos”, compartió el especialista entrevistado.

La activación del mecanismo requiere de un procedimiento previo:

  • Demanda ante un Juzgado Familiar por alimentos.
  • Notificación al deudor y transcurso de audiencias.
  • Dictamen de sentencia ejecutoriada.
  • Registro al padrón del RNOA.

“La obligación es desde el nacimiento, como papá y mamá están obligados a otorgar estos alimentos (...) El juzgado fija ya sea porcentaje o cantidad de pensión, teniendo la sentencia ejecutoriada, es a lo que se obliga a partir de ahí al deudor alimentista a solventar por concepto de pensión”.

“Cuando cae en incumplimiento y se empieza a generar este atraso, se empieza a acumular la deuda es cuando se actualiza la figura de deudor alimentista y es cuando se puede recurrir a las diversas opciones que te da la Ley como puede ser el embargo, hipoteca, etcétera. En paralelo, tenemos esta opción de inscribir a este tipo de deudores a nivel estatal”, detalló el abogado.

La persona que recurre a este recurso puede solicitar un certificado de inscripción para comprobar que el deudor se encuentra en incumplimiento.

Entre los impedimentos y repercusiones que tiene este registro de quienes incumplen con sus obligaciones se encuentra:

  • Limitación de salir del país.
  • Restricción para tramitar licencias de manejo.
  • Inhabilitación para ocupar cargos en el servicio público o ser candidato a cargos de elección popular.
  • Bloqueo para realizar operaciones de compraventa de inmuebles.
  • En caso de contraer matrimonio, notificación a la parte involucrada acerca de este antecedente.
  • Se descarta su posible participación como aspirante a cargos del poder judicial (jueces o magistrados).

Una vez que una persona ingresa a este padrón, para poder ser ‘liberado’ de las implicaciones y restricciones que se le aplican, deberá saldar el monto y cumplir con la responsabilidad.

“La opción es el pago, que el deudor cumpla con la obligación”, abundó el litigante Rodríguez Ríos.

Justicia para las infancias

El padrón de personas deudoras alimentarias surge como un mecanismo de presión ante el incumplimiento, velando así por los derechos de los niños, niñas y adolescentes acreedores a los deberes y la responsabilidad de los progenitores de garantizar el acceso a todos sus derechos, como la nutrición, la vivienda y el sano desarrollo.

“Es una manera que ofrece el Estado para garantizar la obligación alimentaria (...) hay demasiados casos donde siguen incumplimiento, que esconden sus bienes, los venden antes de que venga una sentencia y quedan en una insolvencia. La trascendencia de esto es que las consecuencias jurídicas del padrón son un tipo de presión social que podemos eficientar para que ellos cumplan”, afirmó el entrevistado.

Incidencia

De acuerdo con la experiencia del bufete de abogados en el que Yuren Rodríguez brinda sus servicios, así como la asesoría jurídica que brinda el Instituto Municipal de las Mujeres (IMM), mensualmente se procesan de tres a cuatro casos en cada espacio, sin embargo, las solicitudes de información llegan a superar los 10 casos.

Alexia Buendía Peña, coordinadora de comunicación social del IMM Juárez, informó al corte de casos atendidos en el año 2023 que se llevaron 184 juicios iniciados por trámite de pensión alimenticia, guarda y custodia.

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