Ciudad Juárez.- A partir del primero de septiembre, el Sistema de Administración Tributaria (SAT) puso en vigor la emisión obligatoria de factura de complemento de recepción de pagos (complemento de pago) para los casos en los que el método de pago sea en parcialidades o diferido, así como el complemento de pago.

Dicho proceso es una segunda opción de pago diferido en operaciones, el cual consiste en que se tiene que emitir un CFDI de complemento por cada pago que se recibe por la factura original, es decir, cada que no se reciba el pago el mismo día que se emitirá al CFDI.

Sin embargo, apenas un par de semanas después de su aplicación, el SAT publicó una nueva resolución en la que da nuevas condiciones, haciéndolo ver como si hubiera retrocedido.

Con las nuevas condiciones, un proveedor (quien emite el CFDI) y un cliente (quien lo recibe) pueden ponerse de acuerdo y si el segundo acepta pagar la totalidad del monto a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a la emisión, podemos registrar el método de pago como "en una sola exhibición" y no será necesario emitir complemento de pago.

Este procedimiento aún no queda bien definido, lo que ha generado una serie de dudas a los integrantes del Colegio de Contadores de Ciudad Juárez.

Rogelio Muñoz Sapién, integrante del Consejo Consultivo del Colegio de Contadores Públicos, dejó claro que el siatema que está aplicando el SAT es innecesario, a la vez son trámites burocráticos, los cuales generan que los empresarios tengan pérdidas económicas.

Asimismo, se sostuvo una primera reunión con personal del SAT para que les explique cómo deberán de realizar dicho trámite y a la vez, externarles que es un proceso innecesario.

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