Existen 4 tipos de divorcio, ¿sabes cuáles son?
Foto: Mayra Selene González

Ciudad Juárez.- Existen cuatro tipos de divorcio que las parejas pueden realizar, el primero es el divorcio administrativo y éste es un trámite que consiste en otorgar el divorcio a las parejas que por mutuo acuerdo deseen disolver el vínculo matrimonial, siempre y cuando sean mayores de edad, no hubieran procreado hijos, tengan más de un año de casados y el régimen patrimonial sea separación de bienes; este trámite se realiza de manera rápida en las oficinas de Registro Civil y la disolución conyugal se otorga en un día, así lo dio a conocer la abogada Georgina Sánchez.

La abogada también lo identifica como divorcio exprés, lo que significa que si no tuvieron hijos o bienes, únicamente se presentan con la documentación correspondiente con previa cita y se deshace el vínculo matrimonial en el mismo día.

El segundo es el divorcio voluntario, que es el que solicitan el interesado y su pareja ante el juez de lo Familiar.

Este divorcio procede cuando tienen hijos menores de 18 años o los cónyuges son menores de edad, también cuando están casados por sociedad conyugal y no logran ponerse de cuerdo sobre cómo repartir los bienes, el tiempo para disolver el matrimonio es de un mes a 45 días.

El tercero es el contencioso, es aquel que se lleva a cabo sin acuerdo de los cónyuges para la disolución del matrimonio, en todos o alguno de sus aspectos, ya que el desacuerdo del divorcio puede provenir bien por el propio desacuerdo con el hecho de divorciarse o bien por uno en la liquidación de los bienes gananciales, en la custodia de los hijos, en el régimen de visitas o en cualquier otra circunstancia que conlleva la separación conyugal mediante el divorcio.

Sin embargo aclaró que la duración del proceso es de dos años, debido a las diferencias en los bienes adquiridos y por la custodia de los hijos.

El cuarto es el divorcio incausado, es una reforma en la ley de divorcio que permite la disolución del matrimonio sin la necesidad de expresar la causa de la ruptura. No exige justificación o causa concreta para el pedido y no requiere el consentimiento de ambos cónyuges.

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